Cuando la separación o divorcio de los padres tiene lugar en etapas tempranas de la vida, es frecuente que los niños estén siendo alimentados con lactancia materna, siendo en ocasiones difícil establecer un equilibrio entre el derecho de cada uno de los progenitores a estar con el niño y el mantenimiento de la lactancia.
Los padres deberán anteponer los derechos de su hijo a los suyos propios y el mantenimiento de la lactancia materna es uno de los fundamentales.
En el caso de que los padres no lleguen a un acuerdo en relación a la custodia o al régimen de visitas, la decisión judicial debe basarse en el mejor interés para el menor.
Aunque se tenga siempre en cuenta la singularidad e individualidad del caso concreto, en la legislación española actual conviven tres opciones:
Dado que la decisión judicial debe siempre regirse por el interés superior del menor, los beneficios sobradamente demostrados de la lactancia materna, así como las recomendaciones de organismos nacionales e internacionales, deberían justificar la adaptación de la resolución en relación a la custodia y al régimen de visitas, de forma que no se perjudique el mantenimiento de la lactancia y se propicie el vínculo afectivo de ambas partes.