Separación de los padres y lactancia materna
Los padres deben velar ante todo por el bienestar de sus hijos, lo que incluye el mantenimiento de la lactancia materna
Cuando la separación o divorcio de los padres tiene lugar en etapas tempranas de la vida, es frecuente que los niños estén siendo alimentados con lactancia materna, siendo en ocasiones difícil establecer un equilibrio entre el derecho de cada uno de los progenitores a estar con el niño y el mantenimiento de la lactancia.
Los padres deberán anteponer los derechos de su hijo a los suyos propios y el mantenimiento de la lactancia materna es uno de los fundamentales.
En el caso de que los padres no lleguen a un acuerdo en relación a la custodia o al régimen de visitas, la decisión judicial debe basarse en el mejor interés para el menor.
Aunque se tenga siempre en cuenta la singularidad e individualidad del caso concreto, en la legislación española actual conviven tres opciones:
- Exclusión durante el periodo de lactancia, del régimen de custodia compartida e incluso de la pernocta con el padre, manteniendo al menor preferentemente con su madre durante la noche, así como la mayor parte del día y concediendo al padre visitas cortas, de preferencia diaria.
- Integración y compatibilización del periodo de lactancia con el régimen de custodia compartida.
- Opción intermedia entre las dos anteriores, de elección ante la finalización de la lactancia.
Dado que la decisión judicial debe siempre regirse por el interés superior del menor, los beneficios sobradamente demostrados de la lactancia materna, así como las recomendaciones de organismos nacionales e internacionales, deberían justificar la adaptación de la resolución en relación a la custodia y al régimen de visitas, de forma que no se perjudique el mantenimiento de la lactancia y se propicie el vínculo afectivo de ambas partes.